Concurso persona física y LSO
Ante una situación de insolvencia
¿conoces tus derechos?
¿Y tus obligaciones?

Cualquier persona puede solicitar un Concurso de Acreedores para particulares o de persona física, ya que por lo general suele ser un procedimiento relativamente sencillo y rápido. Sin embargo, la experiencia nos dice que lo verdaderamente importante, como en todo, son los detalles. Conocer el caso a fondo antes de actuar es imperativo para evitar sorpresas.
Esta pequeña guía orientativa puede ayudarte a decidir si esta vía puede ser útil para ti. Si tras su lectura quieres que miremos tu caso y te demos una valoración, puedes escribirnos y un Abogado Concursal responderá a tu consulta sin coste alguno.
JUAN DIZ
Abogado Concursal y director de Concursalex
Guía introductoria sobre Concurso de Acreedores para personas físicas.
Tabla de Contenidos
- ¿Quién puede acogerse?
- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la LSO?
- ¿Cuáles son mis derechos como deudor insolvente?
- ¿Qué ventajas tiene hacer un concurso de acreedores para un particular?
- ¿Cómo se solicita un concurso de acreedores para particulares?
- ¿Qué riesgos tiene hacer un concurso de acreedores de persona física?
¿Cumples los requisitos para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?
Llámanos ahora y te informamos gratis.
¿Quién puede acogerse a la LSO?
Cualquier persona física, ya sea empresario, particular, trabajador asalariado, autónomo, desempleado o pensionista, siempre que cumpla con los requisitos que exige la Ley de Segunda Oportunidad.
Requisitos:

Requisitos de la Ley Segunda Oportunidad en 2025.
- Los requisitos imprescindibles (no únicos) que se requiere poder acogerse a la Ley de la segunda oportunidad son estos:1º Ser persona física: autónomo o particular2º Deuda inferior a 5 millones3º No tener antecedentes por delitos económicos4º Ser deudor de buena fe5º Mínimo de 2 acreedores
6º Deuda mínima (recomendada) de 10.000€ para que el procedimiento compense llevarlo a cabo.
Además…
- Ser un deudor que se encuentra en situación de insolvencia actual o inminente, es decir, que no puede hacer frente a sus obligaciones de pago a medida que vencen.
- No haber sido declarado culpable por delitos contra el patrimonio, contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
- Que no se haya presentado una solicitud de concurso necesario en su contra.
- Que no haya transcurrido el plazo de dos meses desde que el deudor tuvo conocimiento de su situación de insolvencia.
Una vez verificado que en líneas generales es posible seguir adelante con el proceso, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Segunda Oportunidad, el siguiente paso será realizar la solicitud para iniciar el Concurso de Acreedores y paralizar los embargos y las deudas.
Para solicitar nuestro servicio de estudio y diagnóstico pre-concursal, por favor solicita primero una cita gratuita orientativa desde aqui.
Da igual lo que debas: 5.000€, 80.000€ o 5.000.000€, puedes cancelar tus deudas para siempre a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, tanto si eres un particular, un empresario o un autónomo.
Derechos:

¿Cómo persona física, cuáles son mis derechos ante una situación de insolvencia?
Tienes derecho a solicitar un Concurso de Acreedores:
Cualquier persona tiene derecho a solicitar un concurso voluntario de acreedores cuando se encuentre en una situación de insolvencia como paso previo y necesario para acogerse a la LSO.
Tienes derecho a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad:
Siempre que cumplas los requisitos, la LSO te permite cancelar tus deudas y empezar de nuevo sin tener que hacer frente a las deudas anteriores y sin dejar rastro.
Tienes derecho a un trato equitativo:
Los particulares y autónomos tienen derecho a un trato equitativo por parte de los acreedores y del juez que tramita el concurso. Esto significa que no pueden discriminarte por tu situación económica.
Tienes derecho a un abogado y a un administrador concursal:
El abogado te asesorará en todo momento y te guiará en el proceso, mientras que el administrador concursal se encargará de gestionar tus bienes y deudas.
¡ATENCIÓN!
Tienes 60 días para actuar desde que se produce la primera insolvencia. De l o contrario, podrías quedar excluido de los benefícios de la ley por «mala praxis».
¿Qué ventajas tiene acogerse a la LSO?
Si la solicitud es aceptada a trámite, la Ley Concursal te ofrece recursos inmediatos para protegerte a ti y a tu patrimonio frente a los acreedores.
Ventajas:

Algunas ventajas de acogerse a la LSO son:
Detener embargos y ejecuciones de sentencias: presentes o futuras, durante el procedimiento y hasta que se resuelva el Concurso de Acreedores.
Congelar las deudas: dejar de pagar, evitar intereses, cargas, multas o sanciones por concepto de retraso en los pagos durante el Concurso de Acreedores.
Impedir el corte de suministros básicos: tales como electricidad, gas. Esta medida es un beneficio que se puede solicitar una vez aceptada a trámite la solicitud.
Cancelación y/o exoneración final de deudas: en función de cada caso, una vez liquidados los bienes que hubieran y/o demostrada la imposibilidad de pagar, el juez puede cancelar las deudas total o parcialmente o limitar los pagos en un plan de pagos
¿Cómo se inicia el procedimiento de la LSO?
Sólo después de un Concurso de Acreedores voluntario puedes acogerte a la LSO y solicitar la cancelación de las deudas pendientes.
Solicitud:

¿Cómo solicitar un Concurso de Acreedores voluntario?
Un Concurso de Acreedores es un procedimiento judicial que tiene como objetivo solucionar la situación de insolvencia de una persona física o jurídica y busca conciliar los intereses de los deudores y los acreedores.
La solicitud de un Concurso de Acreedores puede ser muy compleja y es la clave de todo el proceso, ya que es un Juez(a) de lo Mercantil el/la que decide si la solicitud cumple los requisitos para aceptarla a trámite e iniciar así el procedimiento.
Si la solicitud es aceptada se declara el Concurso de Acreedores, se designan un Abogado y un Administrador Concursal de oficio y ya quedas protegido por ley ante tus acreedores.
La solicitud debe ir acompañada de los documentos necesarios que justifiquen la necesidad del procedimiento.
- Formulario: modelo solicitud ley segunda oportunidad
- Listado detallado de deudas y acreedores
- Relación de bienes y derechos patrimoniales
- Dossier informativo sobre la situación económica y financiera
Más información: Concurso para personas físicas
¿Qué riesgos tiene solicitar un Concurso de Acreedores?
Quedarás intervenido por la justicia y esto podría volverse en tu contra si te declaran culpable en la resolución del Concurso.
Riesgos:

¿Qué implicaciones puede tener el ser declarado culpable en un Concurso de Acreedores?
Existe el riesgo de que tras revisar el caso el Juez/a determine que actuaste de forma negligente, fraudulenta o con mala fe y por tanto te declare culpable y te haga corresponsable de la situación creada, pudiendo suponer ello no sólo la pérdida de tus bienes personales, multas y sanciones sino también la imposibilidad de acogerte a la LSO.
Tal vez no todos los despachos te lo dejen así de claro, pero es así. Para minimizar la posibilidad de que esto ocurra, es imprescindible contar con un buen asesoramiento y realizar un buen «Estudio pre-Concursal» que evalúe de antemano si existe algún impedimento legal, circunstancia inhabilitante o indicio de cualquier tipo que desaconseje seguir adelante.
Ten en cuenta que este procedimiento puede ser muy complejo debido a que la Ley Concursal ofrece soluciones distintas en función del tipo de persona física que seas; el tipo de acreedores que tengas, el importe y estado de las deudas, los contratos que hayas firmado, los bienes que poseas y la forma jurídica en que estos se encuentren.
Adicionalmente, también es muy importante tener en cuenta que enfrente tendrás a los acreedores dispuestos a dar la batalla para cobrar sus deudas. Por eso es aconsejable huir de anuncios que aseguren la «ley de la segunda oportunidad gratis» ya que el riesgo de cometer un error en la presentación de la solicitud puede pagarse muy caro posteriormente.
¿Cuál es el primer paso para librarme de mis deudas?
Consultar tu caso con un Abogado Concursal especialista en insolvencia y en la Ley de la Segunda Oportunidad para:
1) Determinar si cumples los requisitos para solicitar un Concurso de Acreedores para particulares
2) Verificar si cumples los requisitos para acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad
3) Evaluar y medir las posibilidades de éxito y el posible impacto sobre tu patrimonio y vida personal.
Una vez verificados estos puntos podremos seguir adelante con el proceso de varias maneras, siempre dentro de lo dispuesto en la Ley Concursal. Por lo general, el siguiente paso será confeccionar la solicitud del Concurso de Acreedores para paralizar de forma segura los embargos y las deudas.
Desde Concursalex ayudamos a los afectados por la insolvencia con una llamada GRATUITA con un Abogado para un primer análisis y diagnóstico de tu caso.
