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La Ley de Segunda Oportunidad como vía legal para liberarse de las deudas.

por | Mar 19, 2018 | Todo sobre Concurso de acreedores, Concurso de acreedores voluntario, Insolvencia

Aunque nuestra legislación es de las más restrictivas de Europa en materia de “segunda oportunidad” (algo que confiamos que cambie en breve), en el marco de la Ley Concursal se desarrolla la normativa que permite a las personas físicas, no necesariamente profesionales o empresarios, liberarse de sus deudas, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Se trata de una vía infrautilizada en nuestro país, si bien en los últimos tiempos está cobrando cada vez mayor protagonismo y apostamos seriamente por este mecanismo como un medio idóneo para resolver ciertas situaciones de crisis de ámbito personal y familiar.

Aspectos destacables  de la normativa de la ley de Segunda Oportunidad
Para poder acogerse a los beneficios de esta normativa el deudor ha de serlo de buena fe, es decir, que su situación de insolvencia no provenga de una actividad defraudadora, delictiva o reprochable jurídicamente. El deudor ha de carecer de medios suficientes para afrontar sus deudas y así ha de apreciarlo el juez, tras haber intentado alcanzar un acuerdo solutorio con sus acreedores.

Existe cierta discrepancia en las diversas sedes judiciales sobre si las deudas de carácter público también quedan exoneradas por esta vía y aunque existe cierta inseguridad en este aspecto las futuras modificaciones legales parecen apuntar en la dirección de exonerar también de este tipo de deuda (básicamente de Seguridad Social y Agencia Tributaria), conforme se viene exigiendo desde Europa.

¿Quién puede acogerse a este beneficio?
Toda persona física que reúna los requisitos antes indicados podrá solicitar la liberación de aquella deuda que no pueda afrontar con sus medios, si bien necesitará de la asistencia de profesionales que estudien adecuadamente su situación y peculiaridades, elaborando la estrategia adecuada para alcanzar los objetivos previstos en la ley, que no son otros que la articulación de medios para evitar que esas personas que por muy diversos motivos hayan desembocado en una situación de insolvencia, se vean estigmatizados para el resto de su vida, permitiendo, con la exoneración de la deuda, que tengan una segunda oportunidad para rehacer su vida, personal y/o profesional.

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Juan Diz - Abogado Concursal

Juan Diz - Abogado Concursal

Abogado especializado en Concurso de Acreedores, Derecho Concursal y Mercantil con más de 20 años de experiencia como Administrador Concursal

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